Transformación Digital

“La prórroga de la administración sin papel va a generar problemas operativos en las empresas”

ComputerWorld habla con Alicia Richart, directora general de DigitalES, sobre el decreto ley con el que se ha retrasado dos años la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Alicia Richart digitalES
Alicia Richart, directora general de DigitalES

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 31 de agosto la prórroga de una normativa que debía entrar en vigor el próximo mes de octubre con el fin de hacer realidad la llamada “Administración sin papeles”. Alicia Richart, directora general de DigitalEs, profundiza sobre el tema. 

¿Qué ha provocado, en vuestra opinión, que haya tenido lugar una prórroga en la implantación de servicios de administración electrónica?

La imposibilidad técnico-organizativa de concluir en los plazos inicialmente previstos los procesos de adaptación a la nueva realidad ha frustrado la implantación de los instrumentos básicos del funcionamiento de las Administraciones conforme a los principios de eficacia administrativa y garantía de los derechos de los ciudadanos y de los operadores jurídicos y económicos.

Hay que resaltar que subyace un problema de seguridad jurídica y responsabilidad patrimonial de la Administración en la gestión de los procedimientos administrativos y relación con los ciudadanos por la falta de implementación técnica de los procesos técnicos necesarios.

Adicionalmente, este retraso va a generar problemas operativos en las empresas, porque al no estar todas las Administraciones adaptadas a la vez, los administrados debemos mantener por duplicado los procesos de comunicación con esta, esto es, debemos adaptarnos a la comunicación electrónica y además mantener en paralelo los procesos tradicionales, lo que genera altas ineficiencias y mayores costes.

La Administración Pública presenta un grado de digitalización heterogéneo, por lo que se debería acometer un proceso integral de digitalización de toda la actividad de los entes administrativos con una dotación presupuestaria suficiente y con el suficiente liderazgo para cumplir con hitos claramente definidos.

El papel de la Administración Pública debe ser dinamizador de la sociedad y la economía con un rol ejemplarizante para el resto de sectores.

Las Administraciones Públicas deben acometer su propia transformación digital para lograr mayores niveles de eficiencia y ofrecer más y mejores servicios a ciudadanos y empresas y abordar los retos planteados por el desarrollo demográfico, la creciente demanda de servicios sanitarios y sociales, la mejora del sistema educativo y de otros servicios públicos.

Asimismo, para que la Transformación Digital sea completa, además de adaptar los servicios actuales, se debe ser capaz de diseñar, implementar y prestar nuevos servicios que pongan a la Administración Pública nuevamente en el núcleo de la vida de ciudadanos, visitantes y empresas

¿Creéis que se ha avanzado hasta ahora en este ámbito?

Estamos a día hoy inmersos en un proceso de transformación interna en las organizaciones públicas que supone una ruptura total con el paradigma anterior, que no se reduce solo del tránsito del papel al formato electrónico. Esta es una cuestión de recursos humanos, de cambios organizativos, de nuevas aptitudes, de grandes adaptaciones funcionales, de cambios en los procesos (y no solo en los procedimientos), de liderazgo, de formación… que requiere de más esfuerzos y medios para su completa implementación.

La entrada en vigor de la Ley y fundamentalmente su aplicación, han evidenciado y puesto de manifiesto la necesidad de dar respuesta a determinados retos que la propia Ley no contemplaba ni resuelve, entre ellos, la particularidad y diferencias que implica la gestión de la comunicación y relación electrónica con las personas jurídicas con respecto a las personas físicas. Desde la entrada en vigor de la Ley, el Estado ha lanzado un proyecto específico para abordar esta particularidad que, esperemos solvente y facilita la relación electrónica entre AAPP y empresas entre otros.

Por otra parte, la situación actual, en la que cada Administración Pública aborda de forma individual la implantación de las soluciones correspondientes para dar cumplimiento a la Ley (las cuales nos obligan  a los administrados a adaptarnos a sistemas diferentes y a funcionamientos no homogéneos en muchas ocasiones), multiplica las dificultades técnicas, operativas y los costes que las empresas deben dedicar para adaptarse a dicho cambio. Se espera, no obstante, que los proyectos que están acometiéndose desde la Subdirección General de Impulso de la Administración Digital y Servicios al Ciudadano (dependiente de la Secretaría de estado de Función Pública), con el fin de desarrollar la Carpeta de Empresas, el Punto Único de Notificaciones y el Registro Electrónico Común, entre otros, sirvan para minimizar estos problemas.

¿Cómo puede afectar esta demora al desarrollo de la administración sin papeles?

Esta demora afecta a determinadas previsiones de la Ley, además de que la implantación de los proyectos comentados en la respuesta anterior se van a ver retrasados por la modificación de la Ley 39/2015, lo que va a agravar aún más los problemas técnicos, operativos y de costes indicados de los administrados. Y esto es clave para entender el alcance y consecuencia de la moratoria. No puede interpretarse como una demora de una Ley que ya está en vigor, sino que solo puede interpretarse en el sentido de que la eficacia demorada se refiere al régimen jurídico que contiene la ley sobre el registro electrónico de apoderamientos, el registro electrónico, el punto de acceso general electrónico de la Administración y el archivo único electrónico. El principal inconveniente de esta demora radica en que estas determinaciones tienen que ser plenamente operativas y en vigor para dar cumplimiento al resto de la Ley. Para que la Administración electrónica sea una realidad será necesario que se realicen todos los esfuerzos para implementar las medidas técnicas que posibiliten que todas las previsiones de la ley sean plenamente aplicables durante esta prórroga.

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