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Ciberseguridad

"El decreto digital ha sido sometido a la simplificación y la caricatura"

Tras la polémica, con tintes políticos, que ha desatado el nuevo decreto digital, analizamos su contexto y los puntos que generan controversia.

Congreso de los Diputados

 

La nueva “Ley Mordaza”, el “Decretazo digital” o el “Decreto contra la república digital catalana” son varios de los sobrenombres con los que la opinión pública ha bautizado al ya aprobado Real Decreto-Ley 14/2019. Ese que tanta polémica ha generado porque el Gobierno se dota de las herramientas necesarias para intervenir redes y telecomunicaciones sin previo paso por los juzgados, y que ha hecho como medida urgente para paliar el avance identitario y administrativo del Procés Catalán. También limita las capacidades de las administraciones públicas para elegir los sistemas de identificación ciudadana. Más allá de que el documento pueda chocar con ciertos derechos constitucionales, la medida genera controversia porque fue deliberada de forma provisional por el partido del Ejecutivo en funciones, el PSOE, a una semana de las elecciones generales, por lo que ha sido tachada de “electoralista”. Además, se está utilizando como arma de doble filo ante los pactos políticos que se están generando para la formación y aprobación parlamentaria del nuevo Gobierno. 

De hecho, son ya numerosas las asociaciones que se han manifestado ya en contra del decreto. Por ejemplo, a Facua-Consumidores en Acción le parece “lamentable” que el Gobierno tenga estas capacidades simplemente alegando que haya páginas web “que le parecen un peligro”. Y, otros grupos críticos, como la Plataforma de Defensa de Libertad de la Información (PDLI), la Asociación de Internautas y la Asociación de Usuarios de Internet (AUI), se han unido para promover la nulidad constitucional del escrito vía Defensor del Pueblo alegando que “no se dan las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad, tal y como recoge la Constitución, que justifiquen por parte del Gobierno disposiciones legislativas provisionales” y piden “que esta materia sea regulada, con todas las garantías necesarias, como un Proyecto de Ley durante la próxima legislatura”. Para la historia quedan las palabras de Pedro Sánchez, presidente del Gobierno en funciones: “No habrá independencia offline ni online

La polémica generada, lamentan varios expertos consultados por ComputerWorld, ha dado lugar a que se haya evitado un análisis “sosegado” y “profundo” de los preceptos del escrito. Porque, realmente, ¿cuáles son las prerrogativas reales del decreto? ¿Habría tenido tanta repercusión de no haber sido aprobada de manera urgente y en plena campaña electoral? ¿Qué dice más allá de ese aprovisionamiento para tumbar páginas web?

 

"El Gobierno trata de poner freno a que se usen las redes de forma perversa"

Para Fernando Maldonado, analista principal de IDG Research, una de las soluciones futuras para evitar discusiones pasa por “agilizar la actuación”, es decir, crear mecanismos que permitan que la justicia decida de forma ágil, “pero no dejarla a un lado o que tenga que intervenir a posteriori”. En consonancia con esta opinión, Erik de Pablo, director de investigación de Isaca Madrid, expresa que lo correcto sería redactar una Ley Orgánica con una discusión previa en el Parlamento.

No obstante, Isaca ha sido una de las pocas organizaciones que se ha manifestado a favor del decreto. En conversación con ComputerWorld, De Pablo trata de seleccionar sus palabras en un terreno que se ha convertido en arenas movedizas y matiza que Isaca no es una asociación jurídica como tal, sino que su actividad se basa en la identificación de riesgos cibernéticos y se especializa en la ciberseguridad. Partiendo de esta base, el directivo ve el lado bueno de la norma ya que “recoge muchos riesgos” que, por otra parte, “ya están contemplados en otras regulaciones”.

Sobre la polémica desatada, entiende que el escrito ha sido sometido a la “simplificación” y a la "caricatura” públicas a tenor del tinte político que ha adquirido en las últimas fechas. Pero, expresa, el objetivo final es “que no se utilicen las redes de forma perversa, porque el potencial de éstas permiten que se puedan crear administraciones paralelas con millones de páginas web”. Otra cosa, asegura, es que los jueces puedan poner en su sitio al Ejecutivo cuando haga uso de este decreto y muestra su confianza en que la justicia actúe en caso de extralimitación.

Pero, en conclusión, De Pablo explica que muchas administraciones internacionales ya disponen de estas y de otras herramientas más fuertes para frenar el uso ilícito de Internet. “Ejemplos de ello son Estados Unidos y China, dos de los creadores de Internet, que ya sabían de este tipo de riesgos antes que nosotros”.

 

Objetivo, proteger la identidad digital

Sobre la limitación de las capacidades públicas en los sistemas de identificación ciudadana, De Pablo argumenta que existen riesgos para los ciudadanos de que información sensible se aloje en sitios fuera del Estado. Por ello, dice, hay que poner freno, mientras no haya tecnologías más avanzadas, a que herramientas latentes como blockchain puedan cometer irregularidades. “Todos tenemos claro que el DNI es nuestro sistema de identificación físico, pero en la web hay muchos otros elementos que nos identifican y que hay que gestionar con seguridad”, puntualiza.



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