Tecnología Social

Las empresas pueden leer los mensajes privados de sus trabajadores

Eso ha establecido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos mientras que se trate de las comunicaciones asociadas a la empresa: cuentas, móviles, Whatsapp?

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha establecido el pasado 12 de enero el derecho de  las empresas a leer los mensajes privados de los trabajadores, siempre y cuando sea mediante el correo/chat de la empresa según publica en su web oficial.

El Tribunal ha llegado a esta sentencia después de mediar en un caso que se remonta hasta 2007: un ingeniero perdió su trabajo en Rumanía a causa de los mensajes personales que había enviado desde el correo del trabajo.

Según las condiciones laborales de la empresa, el correo de Yahoo Messenger creado por el trabajador (bajo instancias de su jefe) solo podía ser usado con fines profesionales. Como consecuencia la empresa decidió despedir al trabajador por incumplimiento de esta norma.

En un primer momento el trabajador negó haber utilizado el correo con esto fines, pero tras mostrarle las transcripciones de los diferentes mensajes, el demandante cambió su versión alegando que se había violado su derecho a la privacidad. En los mensajes transcritos el trabajador charló con su hermano y su prometida haciendo referencia a su salud y a su vida sexual.

Después de analizar los hechos y las alegaciones de ambas partes (empresa y trabajador) el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado que su derecho a la privacidad no fue violado. Según la sentencia, las empresas tienen el derecho a comprobar cómo se desarrollan las tareas del trabajador, incluyendo las comunicaciones profesionales; si el trabajador hubiese empleado su propio correo, sí se habría dado una brecha en su intimidad. El Tribunal también ha tenido en cuenta que el trabajador había sido avisado previamente de la política de vigilancia de la empresa.

 

Las claves

Esta ratificación es vinculante a todos los países pertenecientes a la Unión Europea. La sentencia a favor de la empresa obtuvo un resultado de seis votos a favor con uno en contra: los jueces András Sajó (Hungría), Vincent A. de Gaetano (Malta), Boštjan M. Zupančič (Elovenia), Nona Tsotsoria (Georgia), Egidijus Kūris (Lituania) y Iulia Antoanella Motoc (Rumania) votaron a favor del derecho de la empresa a vigilar las comunicaciones, mientras que solo el juez Paulo Pinto de Albuquerque, de Portugal, votó en contra.

“El empresario utilizó correctamente su poder en la empresa, ya que accedió a la cuenta de Yahoo Messenger creyendo que encontraría únicamente información profesional”, han declarado los jueces en la sesión; “el acceso fue legítimo”.

El quid de la cuestión radica en el medio que utilizó el trabajador: de haber sido una cuenta personal  la empresa habría accedido ilegalmente a la información. Las implicaciones de esta decisión implican no solo a correos, sino también a aplicaciones de mensajería como Whatsapp en los móviles de empresa.



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