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Golpe sobre la mesa de Google sobre el derecho al olvido

El máximo tribunal de Europa ha dictaminado que Google no tiene que aplicar el derecho a ser olvidado en todo el mundo, por lo que la compañía sólo necesita eliminar los enlaces de sus resultados de búsqueda en Europa después de recibir una solicitud adecuada.

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El máximo tribunal europeo ha dictado sentencia a favor de Google quien no va a tener que aplicar el derecho a ser olvidado en todo el mundo.

"En la actualidad, la legislación de la UE no obliga a los operadores de motores de búsqueda que conceden una solicitud de desreferenciación realizada por un sujeto de datos, a llevar a cabo dicha desreferenciación en todas las versiones de su motor de búsqueda", declaró el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en su sentencia.

Con esto, Google solo tendrá que eliminar los enlaces de sus resultados de búsqueda en Europa -y no en otros lugares- después de recibir una solicitud adecuada. Este fallo es el resultado de una disputa entre Google y un regulador de privacidad francés.

En 2015, la CNIL ordenó a la empresa eliminar globalmente los listados de resultados de búsqueda de las páginas que contenían información falsa o perjudicial sobre una persona. Un año despúes, Google introdujo una función de geobloqueo que impide que los usuarios europeos puedan ver los enlaces excluidos de la lista. En esto, se resistió a censurar los resultados de las búsquedas de personas en otras partes del mundo. Y la empresa impugnó una multa de 100.000 euros que la CNIL había intentado imponer.

La compañía argumentó que la obligación podía ser abusada por gobiernos autoritarios que trataban de encubrir abusos contra los derechos humanos si se aplicaba fuera de Europa.

"Desde 2014, hemos trabajado arduamente para hacer realidad el derecho al olvido en Europa y para lograr un equilibrio razonable entre los derechos de las personas al acceso a la información y a la privacidad", dijo la empresa en una declaración tras la sentencia del TJCE. "Es bueno ver que el tribunal estuvo de acuerdo con nuestros argumentos."

Esta es la segunda victoria que consigue Google ante la corte europea en apenas dos semanas.(TJUE). Un lustro después de que los jueces dictaran que los usuarios europeos pueden solicitar la eliminación de los resultados del buscador vinculados a su nombre, el TJUE, que sigue la opinión del abogado general, ha considerado que "el gestor de un motor de búsqueda no está obligado a retirar los enlaces en todas las versiones". Solo en las de la UE.

Desde que comenzó la pelea por el derecho al olvido, Google dice que ha recibido más de 845.000 solicitudes para eliminar un total de 3,3 millones de direcciones web, con alrededor del 45% de los enlaces que finalmente han sido eliminados de la lista. Esto implica tanto la eliminación de los resultados de sus sitios europeos -como Google.fr, Google.co.uk y Google.de- como la restricción de los resultados de sus otros sitios -como Google.com- si detecta que se está llevando a cabo una búsqueda desde dentro de Europa. Sin embargo, esto significa que los usuarios pueden eludir la acción si utilizan una red privada virtual (VPN) u otra herramienta para enmascarar su ubicación.

En particular, la sentencia del TJCE establece que las bajas deben "ir acompañadas de medidas que impidan efectivamente o, al menos, disuadan seriamente a un usuario de Internet" de poder acceder a los resultados de uno de los sitios de Google no pertenecientes a la UE. Y añade "corresponderá al órgano jurisdiccional nacional comprobar si las medidas adoptadas por Google Inc. cumplen esos requisitos".

 



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