La multa de 1,8 millones a Vodafone es “raquítica”, según Facua

El Tribunal Supremo considera que el fraude cometido es una infracción grave del artículo 77.17 de la Ley General de Telecomunicaciones.

dinero

El Tribunal Supremo ha multado con 1,8 millones de euros a Vodafone por un fraude relacionado con tarifas roaming, después de que el caso haya estado varios años en las mesas de diferentes entidades judiciales. El monto es muy inferior al considerado inicialmente en 2014 por la CNMC, de 3,1 millones de euros, y ligeramente superior al impuesto más tarde por la Audiencia Nacional (1,5 millones de euros).

La sanción hace referencia a un fraude en tarifas roaming cometido entre noviembre de 2012 y junio de 2013. La operadora asoció a los clientes que solicitaban usar los servicios en el extranjero con los planes de precios nacionales RED y Base, sin darles opción a elegir.

FACUA-Consumidores en Acción considera la cantidad impuesta por el Supremo como “raquítica” dada la infracción. Lamenta además que las autoridades competentes nunca pidieran a Vodafone a devolver el dinero facturado por la acción fraudulenta, que se estima que afectó a 150.000 usuarios.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo considera que el fraude cometido es una infracción grave del artículo 77.17 de la Ley General de Telecomunicaciones, datada de 2014. Hay además circunstancias agravantes relacionadas con la obtención de beneficios, duración de la infracción (siete meses), el número de clientes afectado y la falta de reparación del daño. El alto tribunal ha aplicado la atenuante de la responsabilidad al considerar que se cumplió la medida cautelar impuesta en su día por la CNMC.



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