Transformación Digital

Legado digital, una necesidad que urge facilitar

Cada vez son más las personas que quieren incluir en el testamento sus activos digitales. Al calor de esta necesidad surgen nuevos proyectos y plataformas que tratan de poner orden a la proyección de la sociedad dentro de la Red.

Fuente: ElevenPaths
Fuente: ElevenPaths

 

El pasado mes de julio sucedió un hecho en Alemania que ponía de manifiesto (por si todavía había algún despistado) una circunstancia elemental en la vida de las personas en la era de la comunicación: todos tenemos una huella y unos activos digitales que cuidar, preservar con arreglo a la ley y, en último término, legar. El caso, decíamos, fue que la justicia del país teutón falló a favor de que unos padres pudieran heredar la cuenta de Facebook de su hija fallecida como si de unas cartas manuscritas se tratara. La poderosa red social, en desacuerdo, ha apelado la sentencia, pero más que jurisprudencia, lo que se ha sentado es la conciencia de que ese patrimonio online puede llegar a ser tan o más válido que el analógico. “Este acervo digital tiene a menudo un gran valor sentimental y económico”, cuenta a ComputerWorld Sergio González-Miranda, responsable de negocio blockchain de atSistemas. “Y nace desde que alguien suscribe un contrato con algún proveedor como un banco por Internet, correo electrónico o almacenamiento en la nube, por ejemplo”.

Todo este conglomerado virtual no solo está formado por dinero, contraseñas o suscripciones. En él también están incluidos libros, fotografías, vídeos e incluso, y por qué no, puntos acumulados para descuentos de compras en Internet o clips en Youtube. Todo, prácticamente todo el rastro que dejamos en el ciberespacio virtual es heredable. Ahora bien, este nuevo mundo va mucho más rápido que el físico y por supuesto, el legislativo, que hace patente que carece de agilidad. Por eso, es normal que cualquiera que quiera hacer un testamento para este tipo de bienes se encuentre con implicaciones jurídicas que todavía no han sido resueltas. De hecho, el Congreso de los Diputados ya ha comenzado a regular este derecho durante esta semana. Sin embargo, el legado digital no se detiene y se acumula constantemente. El estudio Uso y actitudes de consumo de contenidos digitales de la ONTSI (Observatorio Nacional de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información) define el término de contenidos digitales como “toda la información producida y almacenada en formato electrónico que se comercializa, transmite y reproduce a través de redes de telecomunicaciones y servicios TIC”. Así, tal y como pone de relieve el informe, las fotos digitales, las aplicaciones web y la prensa digital junto con las redes sociales son los bienes que más se almacenan a la largo del recorrido digital de una persona.

 

‘Blockchain’ para poner orden

Precisamente, y para poner un poco de lógica a esta creciente demanda, la propia atSistemas ha lanzado la iniciativa TrustForWills, que cofinanciada por el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (Minetad) y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), permite realizar un testamento digital y ‘a lo convencional’ del patrimonio online acumulado. Y lo hace mediante blockchain, a través de los llamados smart contracts –automatizan ejecuciones a partir de ocurrencia de eventos dentro de la red blockchain– para facilitar las voluntades de los usuarios de los servicios digitale. Es decir, garantiza que ha de suceder con los perfiles y activos digitales en caso de fallecimiento o incapacidad temporal. Este proyecto concreto forma parte de una red de 858 ideas tecnológicas y para la cual el Minetad ha sufragado 199.426 euros.

Dice el propio González-Miranda que a pesar de no ser todavía este un derecho que esté instalado plenamente dentro de la mayoría de la sociedad ya hay una gran masa crítica que corresponde a usuarios de Internet en edad madura que comienzan a plantearse qué será de estos bienes cuando mueran. Y, por otra parte, asevera el directivo, los usuarios digitales son cada vez más conscientes de las repercusiones que el uso de estos servicios pueden tener de cara al futuro. “Una prueba de la generalización yace en la consolidación y puesta en marcha del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, por sus siglas inglesas). La sociedad evoluciona, tiene nuevas necesidades y exige tener voz en las decisiones en los datos que son suyos. Sin embargo, es cierto que nos encontramos con que las políticas de estos proveedores de servicios no tienen en vigor y no prevén qué sucede cuando la persona fallece”.

Aunque ya van naciendo algunas ideas de mercado, lo cierto es que los abogados especialistas en nuevas tecnologías aconsejan que en el testamento tradicional se mencione qué deben hacer los herederos con el patrimonio digital e incluir contraseñas y claves para que el testador pueda acceder a la información

 

Derecho a borrar la huella digital

Volviendo al caso alemán y, a pesar de lo tenebroso, los padres de la chica querían poder acceder a su Facebook para poder esclarecer las causas de su muerte. En un principio, la compañía dejó el perfil en una suerte de ‘página conmemorativa’ donde no era posible poder acceder a los datos de la usuaria. Decimos esto porque en este nuevo panorama tan importante es poder legar los activos digitales como poder borrarlos. Toda esta información se puede generar en la Red de forma involuntaria. “Los usuarios evolucionan en cuanto a conductas y gustos”, asegura. “Sin embargo, la huella digital prevalece, pero las nuevas necesidades incluyen la disponibilidad del control de la huella”.

En este sentido, también ha ayudado la normativa europea como método de “empoderación de las personas para tener voz en la gestión de los datos. Adicionalmente, existen motivos personales o sentimentales que promueven la necesidad de disponer de mecanismos para activar el borrado de esta información. Cada vez más plataformas adaptan sus servicios a estos requisitos”.



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