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Los siete aspectos a tener en cuenta para los contratos 'post-brexit'

He aquí algunas de las mejores maneras para renegociar los contratos IT en estos tiempos de desconocimiento que vienen tras el histórico referéndum del pueblo británico.

brexit

Las leyes de la Unión Europa adoptan varias formas. Están aquellas que se implementan en el Estado británico y cuya aplicación seguirá siendo vigente hasta que sean sustituidas, y están aquellas que tienen aplicación directa con Reino Unido como estado miembro. Pero estas últimas ya no se aplicarán cuando el Reino Unido pase a ser un estado completamente independiente. Por lo tanto, ahora queda que dichas leyes se sustituyan del todo.

Sea como fuere, durante los próximos dos años, estas leyes europeas con aplicación en las islas británicas tendrán todavía vigencia, por lo que las empresas deberán ceñirse a sus reglas. Además, el país todavía no ha diseñado un plan de regulación desde que se produjo el brexit, por lo que las organizaciones deberán ceñirse a las reglas europeas que se han llevado a cabo tradicionalmente y no preocuparse por una externalización de los contratos IT. Es decir, esto afecta a toda la auditoría, revisión y asesoramientos de contratos que se negocian en el país, lo que reducirá al máximo los riesgos que puedan ocurrir hasta que haya un plan real para el brexit.

En definitiva, estas son las cuestiones clave a las que debemos remitirnos

 

1. Términos del contrato

Vista la reciente situación política, lo más importante sería estar al tanto de la duración de los contratos, especialmente los contratos de larga duración ya que, en estas circunstancias, los aquellos redactados en vistas al largo plazo podrían sufrir cambios en este tiempo reglamentario de dos años. Los contratos redactados a corto plazo, podrían asegurar más flexibilidad.

 

2. Cambios en la ley

Muchos de los contratos incluyen un “cambio de ley” ya que los gobiernos suelen alterar la regulación que afecta directamente a los contratos de productos y servicios. Normalmente, en el caso de la tecnología de la información, no tienen mucho impacto porque estos servicios no suelen cambiar a menudo sin haber antes algún tipo de aviso.

No obstante, con el brexit estas regulaciones pueden cambiar radicalmente y prácticamente sin un aviso previo. Es por ello que habrá que estar atento a cómo irán cambiando la situación jurídica y tenerlo en cuenta a la hora de firmar un contrato.

Primero, ambas partes deben saber quién será el responsable cuando haya cambios en la ley, es decir, quién tiene la responsabilidad de conocer los cambios para agregarlos inmediatamente a la situación laboral (cambios que afectan al consumidor, al proveedor y a ambos). Por norma general, es el proveedor quien lleva a cabo este seguimiento en los cambios de ley que afectan en la transacción con el cliente.

Sin embargo, los clientes también deberán estar al tanto ya que algunos de los cambios en la regulación obligarán a éstos a pagar por los cambios que les incumben o quizás dividir el coste entre ambos proveedor y cliente.

 

3. Vencimiento del contrato

Ambas partes del contrato deberán estar al tanto de unos derechos de vencimiento del contrato de cara a cualquier cambio derivado del brexit que afecte negativamente o haga innecesario y poco rentable el acuerdo contractual. Las partes podrían ser capaces de decidir si quieren un vencimiento general de acceso rápido de acuerdo con la situación que se contempla, o bien, una opción más específica que se adecue a cada contrato en particular.

En cualquiera de los casos, la posibilidad de una cancelación anticipada será imperativa para proteger ambas partes del acuerdo de forma equitativa. O también podría existir la posibilidad de llevar a cabo un análisis de los impactos que ocurrirían a raíz de un cambio de normativa y reevaluar la oferta a través de los mecanismos de gobierno.

 

4. Localización de los servicios

Es importante evaluar si es importante un cambio de localización de los servicios durante el plazo que dure el contrato para construir las cláusulas adecuadas. No es raro que los proveedores busquen derechos para poder externalizar sus servicios a un lugar de la costa británica por ejemplo, o algún lugar en alta mar con el fin de ahorrar en costes de transporte y eficiencia. Esta construcción de las cláusulas puede venir especialmente útil si, en el brexit, la normativa afecta negativamente al modelo de los costes del proveedor.

De tal forma, también es algo que el cliente debe tener en consideración puesto que es probable que tenga que desplazar sus operaciones a algún lugar externo a reino unido durante el plazo del contrato. En tal caso, se deberían crear cláusulas de derecho de vencimiento específicas, basándose en el derecho a resolver por conveniencia, o un derecho específico para desplazar los servicios.

 

5. La privacidad de los datos

En la normativa europea, la ley de protección de datos ha cobrado una importancia colosal para las empresas. Pero repetimos que, una vez Reino Unido sea completamente independiente, se deberán realizar nuevas leyes de protección de datos solo para el país. En estas circunstancias, dependiendo de lo que haga Gran Bretaña, los datos de las empresas podrán viajar fuera del país sólo si la regulación británica cree que esos datos están a un nivel adecuado de protección. Esto obligará a las empresas a buscar otras alternativas para el envío de datos hasta que el país consiga un estado de protección apto.

Es por ello que se aconseja crear cláusulas del contrato que sean prudentes a la hora de proporcionar alternativas a la transferencia de datos desde Gran Bretaña a la Unión Europea.

 

6. Resolución de la disputa

Es el reglamento de la unión europea el que define como se aplica la jurisdicción y ejecución de los contratos en la UE. Pero todavía no sabemos cómo esta misma actividad se llevará a cabo una vez realizado el brexit. Por lo tanto, aunque la regulación inglesa en este tipo de situaciones siga siendo una buena opción, hay que dejar espacio siempre a las alternativas que den lugar a la resolución de disputas y negociación de las mismas.

Las reglas de la unión europea sobre competencia y ejecución no dan pie a la alternativa pero no parece que el brexit tenga un impacto negativo sobre estas opciones. Así que, hasta que el brexit  tenga un plan definitivo, este derecho a la opción en el contrato podría suponer seguridad para ambas partes.

 

7. Referencias a la UE y al AEA

Por último pero no por ello menos importante son las referencias a la Unión Europea y al Área Económica Europea en el contrato que deberían mostrar claramente las restricciones de territorio o referenciar a la ley aplicable. Se debería mencionar a Reino Unido en estas cláusulas para que el país esté cubierto, sea cual sea la opción definitiva adoptada posterior al brexit.

 



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