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Inquietud en las empresas tras la nueva ley de defensa de los consumidores y usuarios

La nueva normativa, que afecta a contratos de productos y servicios a distancia, impulsará la digitalización de procesos en las organizaciones, según CMC.

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Las modificaciones introducidas sobre los derechos de desistimiento de los usuarios en el nuevo texto de la ley de Defensa de Consumidores y Usuarios ha creado una gran inquietud entre las empresas por el crecimiento potencial del riesgo de ventas fallidas, según la consultora española Grupo CMC.

 

La empresa considera que la falta de cultura histórica sobre la figura del contrato entre suministrador y usuario en nuestro país y el hecho de que la nueva Ley lo convierta en el elemento clave para rechazar o devolver productos o servicios, como derecho del consumidor, abre un nuevo escenario de riesgo para las organizaciones que hasta ahora estaba poco considerado en las estrategias comerciales de las empresas.

 

Para ellos, la nueva ley hace recaer en la empresa la responsabilidad de emitir, tramitar y almacenar la información que debe documentar un contrato a partir de ahora. Según CMC este complejo proceso multiplicará notablemente el volumen de emisión y almacenamiento de información para cada contrato, lo que incrementará los costes para las organizaciones.

 

A este respecto, CMC estima que la digitalización de este proceso puede reducir estos sobrecostes entre un 60 y un 70%.

 

A grandes rasgos, la nueva normativa establece la obligatoriedad de las empresas de facilitar al usuario información pre contractual que resuma el acuerdo alcanzado y previamente a la firma del contrato. Se exige el consentimiento expreso del consumidor a este pre acuerdo para que sea considerado como aceptado. La empresa también queda obligada por la ley a informar al consumidor, de manera clara y precisa, sobre su derecho de desistimiento. El nuevo texto legal admite como soporte para aceptar la oferta el correo electrónico o el Sms.

 

La nueva ley ha modificado los plazos en los que un consumidor podrá ejercer su derecho a renunciar al contrato sin indicar el motivo y sin asumir coste alguno. En concreto, otorga el derecho de 14 días naturales a partir de la fecha en que se conforme el contrato o disfrute del bien o el servicio o un período de 12 meses si el empresario no ha facilitado al consumidor información sobre este derecho.



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