Legislación

El Gobierno ya no precisará de un juez para cerrar páginas webs

Con la reforma de la ley, la regulación de las páginas webs, dependerá de un órgano ejecutivo y no de uno judicial.

juez

Está siendo un año agitado para la libertad en internet. Hoy martes 27 de noviembre, el Gobierno ha aprobado, con el apoyo del Partido Popular y Ciudadanos, la reforma de la Ley De Propiedad Intelectual, la cual permitirá entre otras cosas cerrar páginas web sin que un juez intervenga en caso de reiteración delictiva de la web. 

"El juez, que se introdujo para calmar nuestro ánimos, se eliminará ahora porque saben que ya por aquí tragamos con todo", comentaba el abogado especializado en derecho informático, David Bravo a través de su cuenta de Twitter. 

Ahora, en el artículo 195 de la norma se recoge que "la ejecución de la medida de colaboración dirigida al prestador de servicios, con independencia de cuál sea su naturaleza, no requerirá la autorización judicial prevista en el artículo 122 bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa". Así pues, esta medida dependerá de un órgano ejecutivo y no de uno judicial.

El problema de esta reforma, es que reiteración es un acto un tanto ambiguo en esta ley como para no pensar que se puede usar a discreción. Según la reformulada Ley, cuando exista reiteración por segunda vez de actividades ilícitas, el prestador de servicios de internet que aloje el contenido deberá ejecutar "la medida de colaboración" solicitada desde el Ministerio de Cultura, sin la necesidad de que medie un juez, como ocurría hasta ahora. 

 

 

 



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