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Acuerdo EMC - Comparex

EMC y Comparex han llegado a un acuerdo para que ésta distribuya los sistemas de almacenamiento de la primera durante un periodo de cinco años. Pocos detalles se conocen todavía de un proceso de colaboración que, según alguna fuente, ya ha entrado en vigor (Ver ComputerWorld de la pasada semana). El hecho ha sorprendido por el sigilo, cautela, y hermetismo con el que se han llevado a cabo las negociaciones, pero no impacta especialmente en un mundo de los negocios acostumbrado ya a todo tipo de entendimientos entre compañías, incluyendo las compras, o absorciones.
Desconociéndose la génesis de la operación -qué parte tomó la iniciativa y ofreció una motivadora propuesta- es evidente que se trata de una jugada estratégica muy importante para EMC. Al aliarse con Comparex elimina a un cualificado competidor y, al mismo tiempo, potencia las posibilidades de crecimiento en el mercado europeo con la estimable ayuda de un partner que dispone de buena infraestructura y experimentada fuerza de ventas. También tiene que ser transcendente para Comparex la baza que ha jugado ya que, de lo contrario, habría mantenido su relación con Hitachi, que funcionó bien durante muchos años.
Haciendo cábalas respecto a la proyección del acuerdo en el mercado de Tecnologías de la Información español, surgen de inmediato una serie de preguntas e interrorgantes sobre el contenido de los puntos básicos del documento firmado, al socaire de la parquedad de los datos conocidos hasta ahora: ¿Será Comparex distribuidor exclusivo, junto con la propia EMC, de los productos de ésta en España, o habrá algunos más? Si EMC estimase que la aportación de Comparex es suficiente -aparte de la vinculación que todavía tenga con la compañía IPM- para cubrir con garantía las expectativas de negocio en España, habría que saber si esta circunstancia influirá en la previsión de facturación para el año 2000, que calcularon en 20.000 millones de pesetas. ¿Frenará, asimismo, el crecimiento estudiado de su plantilla? ¿Se repartirán de algún modo las dos compañías signatarias las zonas o sectores de respectiva responsabilidad? o ¿se dejará abierta la gestión comercial a la iniciativa y capacidad de cada una de las partes? Quedan, todavía, cosas por aclarar.

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